miércoles, 29 de abril de 2015

Resumen Pleno Extraordinario de 28 de Abril de 2015

1.- Elección de miembros de la mesa electoral para las elecciones locales y autonómicas de 2015

PRESIDENTE: Jesus Serrano Izquierdo
Suplente 1: Emiliano Corrales Martínez
Suplente 2: Irene Parra Domínguez

VOCAL 1: Juan Manuel Sánchez Carrero
Suplente 1: Mª Victoria Rodríguez Plata
Suplente 2: Mónica Rodríguez Martín

VOCAL 2: Francisco Javier Morán Martín
Suplente 1: Maximiliano González Bermejo
Suplente 2: Maximiliano Lorenzo Sánchez

2.- Programa de fomento del empleo agrario 2015

El programa de fomento de empleo agrario de 2015 (PER) está destinado a:

  • Acerado izquierdo de la calle que va a la ciudad deportiva
  • Limpieza de los alrededores del centro de día
  • Desbroce, mantenimiento y limpieza del pueblo
El importe de la ayuda destinada al PER es de 74.000 €
Además de esto, la ayuda para materiales es de 7.198 €

Votación:Aprobado por unanimidad.


3.- Cuenta General ejercicio 2014


La cuenta General, de la que ya se dió cuenta en el anterior pleno, incluye la liquidación de 2014, el informe económico, estado de tesorería y remanente entre otros. Estos datos, ya se los aportamos en el Resumen del Pleno Ordinario de 17/03/2015. (Enlace al resumen)

Votación:
4 votos a favor: 1 IDAR, 1 PP,  2 PREX-CREX
3 abstenciones: 3 PSOE

Maximino Martín Rivero: Nº5 a la alcadía de Alagón del Río


sábado, 25 de abril de 2015

jueves, 23 de abril de 2015

Prohibiciones de la Ley Electoral

Uno de los delitos electorales que deja de manifiesto la LEY ORGÁNICA 5/1985 de 19 de Junio, y su posterior revisión la LEY ORGÁNICA 2/2011 de 28 de enero es el pedir directa o indirectamente el voto antes del inicio de la campaña electoral. La condena por infringir esta ley es la pena de prisión de seis meses a tres años o multa de doce a veinticuatro meses.

Esta ley deja de manifiesto que cada individuo es LIBRE y le protege así ante la posible coacción, intimidación y voto inducido.

La campaña electoral comienza el día 8 de mayo de 2015.




Es importante que conozcáis este dato. El ciudadano es LIBRE
Un saludo


Ayuda de 300 Euros para mujeres extremeñas.


Hoy se ha publicado la convocatoria de una ayuda destinada a las mujeres extremeñas que cumplan este año como mínimo los 75 años. El importe de la ayuda es de 300€.
Es importante que hagáis publicidad a esto y que se lo digáis a vuestras madres, tías o abuelas, ya que es una ayuda que seguramente le concederán. Los requisitos son:

Artículo 2. Beneficiarias y requisitos. 
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones contempladas en el presente decreto, las mujeres que reúnan los siguientes requisitos:
a) Ser española y haber nacido antes del 31/12/1940, incluida esta fecha.
b) Tener su domicilio en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Extremadura a la fecha de publicación de la convocatoria.
c) No haber superado en el último período impositivo del IRPF cuyo plazo de presentación de las declaraciones haya finalizado, el nivel de renta general de 10.000 euros si no presento declaración de IRPF o lo hizo de forma individual o de 13.000 euros si presentó declaración conjunta. Si la solicitante no presentó declaración de IRPF en la fecha correspondiente, estando obligada a ello, no tendrá derecho a la subvención establecida en este Decreto. No obstante, podrán solicitar esta subvención si cumplieran con esta obligación y no hubiera finalizado el plazo de presentación de solicitudes.
d) Las beneficiarias no deberán estar incursas en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
e) Las mujeres beneficiarias deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, así como carecer de cualquier deuda con la Hacienda de la Comunidad Autónoma. Este requisito deberá acreditarse con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión y con carácter previo al pago, en la forma en la que se determina en el presente decreto. 

Para acceder a la convocatoria haz click aquí.



Un saludo

miércoles, 22 de abril de 2015

Candidatura de Extremeños a la alcaldía de Alagón del Río

Os presentamos nuestra candidatura, la candidatura de Extremeños en Alagón del Río. Es una candidatura fuerte, de unión, de personas muy comprometidas con su pueblo, de personas que apuestan por el progreso del municipio y de sus vecinos. Una candidatura de personas preocupadas por el empleo y el bienestar. Extremeños somos personas cercanas, vecinos de Alagón del Río, que luchamos por la justicia y el trato igualitario.

  1. D. CRISTÓBAL LOZANO QUIJADA
  2. D. EDUARDO MARTÍN CORTÉS
  3. D. JOSÉ MARÍA PULIDO VAQUERO
  4. D. JOSÉ IGNACIO GONZÁLEZ MUÑOZ
  5. D. MAXIMINO MARTÍN RIVERO
  6. D. RAÚL GUERRERO IGLESIAS
  7. D. RICARDO ABEL MARTÍN CORTÉS
  8. D. FRANCISCO JAVIER MORÁN MARTÍN
  9. D. ROBERTO GONZÁLEZ DOMÍNGUEZ
  10. D. JOSÉ ANTONIO VAQUERO GONZÁLEZ







Candidaturas a las elecciones municipales: Alagón del Río

Candidatura de EXTREMEÑOS


  1. D. CRISTÓBAL LOZANO QUIJADA
  2. D. EDUARDO MARTÍN CORTÉS
  3. D. JOSÉ MARÍA PULIDO VAQUERO
  4. D. JOSÉ IGNACIO GONZÁLEZ MUÑOZ
  5. D. MAXIMINO MARTÍN RIVERO
  6. D. RAÚL GUERRERO IGLESIAS
  7. D. RICARDO ABEL MARTÍN CORTÉS
  8. D. FRANCISCO JAVIER MORÁN MARTÍN
  9. D. ROBERTO GONZÁLEZ DOMÍNGUEZ
  10. D. JOSÉ ANTONIO VAQUERO GONZÁLEZ






PP
  1. D. RAÚL MARTÍN SÁNCHEZ
  2. D.ª MARÍA DEL MAR RUIZ SÁNCHEZ
  3. D. JORGE DÍAZ SÁNCHEZ
  4. D. FLORENTINO SÁNCHEZ BATUECAS
  5. D. JOSÉ CRESPO SÁNCHEZ
  6. D- BENITO SÁNCHEZ SÁNCHEZ
  7. D. JUAN CARLOS QUIJADA LÓPEZ
Suplentes


  1. D. GABRIEL DÍAZ SÁNCHEZ
  2. D. FABIAN CRESPO SÁNCHEZ

IDAR

  1. D. JUAN CARLOS GUERRERO LÓPEZ
  2. D. ISIDORO PULIDO GÓMEZ
  3. D. JOSÉ MARÍA DÍAZ PÉREZ
  4. D. SERGIO MARTÍN MARTÍN
  5. D. SILVANO PÉREZ CARRERO
  6. D.ª ALICIA GUERRERO JIMÉNEZ
  7. D.ª MARÍA SHEYLA MARTÍN GONZÁLEZ

Suplentes
  1. D. LORENZO SÁNCHEZ AYALA
  2. D. TOMÁS IGLESIAS HERNÁNDEZ
  3. D. VÍCTOR MANUEL PULIDO PALOMERO
PSOE

  1. D.ª ANA MARÍA SOGUER GÓMEZ
  2. D. RAMÓN HERNÁNDEZ VAQUERO
  3. D.ª JOHANNA GÓMEZ DOMÍNGUEZ
  4. D. BAUTISTA GARCÍA RAMOS
  5. D.ª MINERVA DOMÍNGUEZ HERNÁNDEZ
  6. D. NICOLÁS MORÁN MARTÍN
  7. D. ALEJANDRO LEO GONZÁLEZ

Suplentes
  1. D. VIDAL DOMÍNGUEZ DOMÍNGUEZ
  2. D. LUIS RODRÍGUEZ MIRÓN
  3. D. LUCIO HERRERO BARCO



Candidatura a las elecciones autonómicas de Extremadura: EXTREMEÑOS


Candidatura de EXTREMEÑOS por la provincia de Cáceres 

  1. Don ESTANISLAO MARTÍN MARTÍN
  2. Doña MARÍA DEL PILAR HISADO PICADO
  3. Don DANIEL F. GORDO RODRÍGUEZ
  4. Doña MANUELA ORTEGA IGLESIAS
  5. Don JOAQUÍN SARRO SILVA
  6. Doña MARÍA SONIA POVEDA BARBERO
  7. Don FULGENCIO VAQUERO MORA
  8. Doña MARÍA JOSÉ PÉREZ IZQUIERDO
  9. Don IVÁN MARTÍN GONZÁLEZ
  10. Doña ANA SOL PALOMERO ROJO
  11. Don JOSÉ JULIO TIEMBLO PÉREZ
  12. Doña LUCÍA MARTÍN DOMÍNGUEZ
  13. Don ANTONIO APARICIO PANIAGUA
  14. Doña SILVIA GUIJO HERRERA
  15. Don ALAIN RODRÍGUEZ QUIRÓS
  16. Doña MARÍA SOLEDAD SALOMÓN PLATA
  17. Don MANUEL MACHADO HURTADO
  18. Doña CRISTINA BARRIGÓN BURGOS

  19. Don LUCIANO BERNABE MARTÍN
  20. Doña MARÍA ANGUSTIAS DÍAZ SUÁREZ
  21. Don MODESTO MARTIÑO MARTÍNEZ
  22. Doña LIDIA REDONDO LUCAS
  23. Don RAUL MEDINA GÓMEZ
  24. Doña MARÍA MERCEDES PÉREZ CAMACHO
  25. Don CRISTOBAL LOZANO QUIJADA
  26. Doña MARÍA VICTORIA GARCÍA JARA
  27. Don ALEJANDRO MARTÍN RONCERO
  28. Doña MARÍA JOSEFA MOLERO BOTE
  29. Don VICTORIANO DURÁN MORENO


Suplentes
  1. Doña MARÍA CRISTINA CÓRDOBA IGLESIAS
  2. Don MARCELINO MORENO SIMÓN
  3. Doña MARÍA TERESA REVIRIEGO SERRANO

Candidatura de EXTREMEÑOS por la provincia de Badajoz
  1. Don CASILDO RODRÍGUEZ SERRANO
  2. Doña FERNANDA ÁVILA NÚÑEZ
  3. Doña MARÍA LUZ CARRILLO PINILLA
  4. Doña MARÍA DEL PUERTO ÁLVAREZ HERNÁNDEZ
  5. Don JOSÉ RAMÓN GAMERO PIMIENTA
  6. Don MANUEL LÓPEZ CORDERO
  7. Doña NURIA IGLESIAS MONGE
  8. Don ANTONIO MORIANO VÁZQUEZ
  9. Doña MARÍA FELISA CASILLAS MÉNDEZ
  10. Don JULIÁN CORONEL JAROSO
  11. Doña MARÍA ÁNGELES LÓPEZ DE BAYAS
  12. Don JUAN ASUAR MONGE
  13. Doña MARÍA FRANCISCA CAMACHO NIETO
  14. Don DAVID RAMOS CORDERO
  15. Don FRANCISCO DE JESÚS CONDE MARTÍN
  16. Doña MANUELA CORNEJO FLORES
  17. Don JUAN JOSÉ GARCÍA MESA
  18. Doña MARÍA DEL CARMEN FLORES MESA
  19. Don JOSÉ AGUSTÍN REJA RODRÍGUEZ
  20. Don ADOLFO FERNÁNDEZ DORADO
  21. Doña AGUSTINA MÉNDEZ HERNÁNDEZ
  22. Don ANTONIO CHÁVEZ BARCO
  23. Doña OLÍMPIA TULLY DE LOPE
  24. Don ALEJANDRO CABALLERO RODRÍGUEZ
  25. Doña MARÍA ÁNGELES MORALES VÁZQUEZ
  26. Don BAUTISTA MURILLO GUTIÉRREZ
  27. Doña MAXIMINA ROSA MARTÍN
  28. Don ANTONIO MORENO BAEZ
  29. Doña MARÍA ALMUDENA ROMERO DOMÍNGUEZ
  30. Don MANUEL A. RODRÍGUEZ SERRANO
  31. Don ANA BELÉN MENDOZA ORÁN
  32. Don ALBERTO ESPINOSA PARRA
  33. Doña ISABEL ÁLVAREZ GALÁN
  34. Doña MARÍA PILAR RUÍZ NACHE
  35. Don JOSÉ LUIS VELILLA SÁNZ
  36. Don JUSTO ANTONIO SÁNCHEZ RAMÍREZ



Suplentes:
  1. Doña MARÍA LUISA EXPÓSITO NÚÑEZ
  2. Doña INMACULADA MARTÍNEZ CALACO
  3. Don PEDRO ROMERO DOMÍNGUEZ

Enlace a publicaciones en el Boletín Oficial: 


lunes, 6 de abril de 2015

Elecciones 2015 - VOTO POR CORREO

Información sobre el voto por correos, tanto para residentes fuera de España como para los que el día de las elecciones no puedan ir de forma presencial a votar

-          RESIDENTES EN ESPAÑA
o  Los impresos de solicitud de voto por correo se encuentran a disposición de los electores en las oficinas postales de toda España.
o  Una vez rellenado el modelo oficial de solicitud de voto por correo, el elector lo entregará personalmente, con carácter gratuito, en cualquier oficina de Correos. Se deberá exhibir el original del D.N.I., Permiso (carné) de conducir o Pasaporte, Tarjeta de residencia o Tarjeta de identidad de extranjero, con el fin de que el empleado postal pueda comprobar su identidad y firma. Dichos documentos podrán ser españoles o emitidos en el país de origen, siempre que incluyan fotografía y firma del elector.
o    La Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente, remite al elector por correo certificado, la documentación necesaria para que pueda emitir su voto. La entrega de esta documentación se realizará siempre personalmente al interesado y en el domicilio señalado en la solicitud (después de dos intentos fallidos de entrega en el domicilio, se dejará aviso de llegada para su recogida en la oficina postal correspondiente).
o    Recibida la documentación, el elector presentará el sobre modelo oficial dirigido a la mesa electoral, conteniendo el certificado de inscripción en el censo electoral y el de votación en el que se incluirá la papeleta, en cualquier oficina postal de España. El envío será cursado como correo certificado y urgente, con carácter gratuito.
En caso de enfermedad o incapacidad, se deberá acreditar la misma mediante certificación médica oficial la cual deberá ser incluida junto al impreso de solicitud del voto por correo y dicha solicitud puede ser efectuada en nombre del elector por persona autorizada notarialmente o consularmente. Cada elector sólo puede estar representado por una persona autorizada y cada persona autorizada sólo puede representar a un elector. El empleado de Correos que formalice la admisión recogerá toda la documentación presentada por el representante (poder notarial o consular y certificado médico oficial), para su remisión a la Oficina del Censo Electoral en unión de la solicitud.
PLAZOS - ELECCIONES LOCALES, AUTONÓMICAS Y OTRAS (24 Mayo 2015)
Solicitud de voto por correo
Del 31 de marzo al 14 de mayo
Envío al elector de la documentación para el voto por correo por la Oficina del Censo Electoral
Del 4 al 17 de mayo
Remisión por electores del voto por correo
Del 4 al 20 de mayo


-        
-          VOTO POR CORREO DE LOS ELECTORES ESPAÑOLES QUE SE ENCUENTREN TEMPORALMENTE EN EL EXTRANJERO (E.R.T.A)
Información de carácter meramente divulgativo extraída de la normativa electoral general

o    Los electores que se encuentren temporalmente fuera del territorio nacional una vez efectuada la convocatoria del proceso electoral y que prevean permanecer en esta situación hasta el día de la votación, deberán solicitar desde el extranjero la documentación necesaria para ejercer su derecho de sufragio. La solicitud podrá recogerse en las Oficinas Consulares o a través de la Web del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación (www.exteriores.gob.es) El elector debe estar inscrito Registro de Matrícula del Consulado como no residente. De no estarlo, podrá hacerlo en el mismo momento en el que recoja la citada solicitud o cuando vaya a entregarla. Hay que tener cuidado y solicitar no residente ya que de solicitar residente, se perderá en empadronamiento en España
o  La solicitud cumplimentada ha de presentarse, personalmente, en las Oficinas Consulares o Secciones Consulares de las Embajadas la cual procederá a remitirla a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente.
o  La Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral remite al elector al domicilio en el extranjero indicado en la solicitud, por correo certificado, la documentación necesaria para que pueda emitir su voto.
o    Recibida la documentación, los electores deben enviar su voto a la mesa electoral, por correo certificado y urgente.
PLAZOS - ELECCIONES LOCALES, AUTONÓMICAS Y OTRAS (24 Mayo 2015)
Solicitud de voto por correo
Del 31 de marzo al 25 de abril
Envío al elector de la documentación para el voto por correo por la Oficina del Censo Electoral
Del 28 de abril al 4 de mayo
(hasta el 12 de mayo con impugnación de candidaturas)
Remisión por electores del voto por correo
Del 28 de abril al 20 de mayo


-          VOTO POR CORREO DE ELECTORES ESPAÑOLES RESIDENTES EN EL EXTRANJERO (C.E.R.A)
o   Consultar las listas electorales para comprobar la inscripción correcta en el CERA: en persona en la Embajada o por teléfono (22450410 – ext. 37) entre el 6 y el 13 de abril (incluidos fin de semana y festivos), entre las 9h y las 13h.
o   Solicitar el voto: por Internet, correo postal o fax, a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral que corresponda al municipio de inscripción, desde este mismo momento y no más tarde del 25 de abril.
o   Una vez recibida la documentación en el propio domicilio, ejercer el voto:
- por correo certificado dirigido a la Embajada, no más tarde del 19 de mayo
- en urna, presentándose en la Embajada el 20 o el 21 de mayo, de 9h00 a 20h00, o el 22 de mayo de 9h00 a 17h00.



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